El 2 de febrero a las 4 p. m. es la fecha límite para votar en persona, con una boleta de voto en ausencia, en su oficina del secretario de la ciudad o municipio Si está registrado para votar donde vive. (Después del 2 de febrero a las 4 p.m., debe votar en su lugar de votación (el día de las elecciones.)

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